Qué Está Permitido
La cremación está permitida
La Iglesia permite la cremación, siempre que no demuestre una negación de la fe en la resurrección del cuerpo. La cremación ha sido permitida desde 1963.
CIC Can. 1176 §3
Se prefiere la sepultura del cuerpo
La Iglesia recomienda encarecidamente la piadosa costumbre de sepultar los cuerpos de los difuntos. La sepultura imita el entierro de Cristo y expresa más claramente la esperanza en la resurrección corporal.
Ad resurgendum cum Christo 3; CIC Can. 1176 §3
Las cenizas deben guardarse en un lugar sagrado
Cuando se elige la cremación, las cenizas de los fieles deben ser depositadas en un lugar sagrado — un cementerio, columbario de iglesia o área designada para este propósito por la Iglesia.
Ad resurgendum cum Christo 5
Se prefiere la Misa con el cuerpo presente
La Iglesia claramente prefiere e insta a que el cuerpo del difunto esté presente para los ritos funerarios, incluyendo la Misa de Funeral. La cremación debe realizarse después de la liturgia funeraria cuando sea posible.
OCF Appendix; Ad resurgendum cum Christo 4
La Misa con restos cremados está permitida
Cuando la cremación tiene lugar antes de la liturgia funeraria, los restos cremados pueden ser llevados a la iglesia para la Misa de Funeral. La urna es tratada con el mismo respeto que el féretro.
OCF Appendix
Qué No Está Permitido
Esparcir las cenizas no está permitido
No está permitido esparcir las cenizas de los fieles difuntos en el aire, en la tierra, en el mar o de otra manera. Esto incluye esparcirlas en jardines, bosques, océanos o desde aeronaves.
Ad resurgendum cum Christo 7
Guardar cenizas en casa no está permitido
La conservación de cenizas en una residencia doméstica no está permitida excepto en casos graves y excepcionales dependientes de condiciones culturales de naturaleza localizada, según lo autorizado por el obispo.
Ad resurgendum cum Christo 6
Dividir las cenizas no está permitido
Las cenizas no pueden conservarse en recuerdos, piezas de joyería u otros objetos. No pueden dividirse entre los miembros de la familia. Las cenizas deben permanecer juntas en su totalidad.
Ad resurgendum cum Christo 7
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo empezó la Iglesia a permitir la cremación?
El Santo Oficio (ahora la CDF) levantó la prohibición de la cremación en 1963. Sin embargo, la Iglesia siempre ha preferido el entierro. El Código de Derecho Canónico de 1983 codificó formalmente el permiso, y la instrucción de 2016 Ad resurgendum cum Christo aclaró las normas para el manejo de los restos cremados.
¿Por qué la Iglesia prefiere el entierro?
La sepultura imita el entierro de Cristo mismo. El cuerpo fue templo del Espíritu Santo y está destinado a la resurrección. Enterrar el cuerpo muestra reverencia por la persona y expresa más claramente la fe de la Iglesia de que "el cuerpo terrenal resucitará en el último día."
Ad resurgendum cum Christo 3
¿Qué es un columbario?
Un columbario es una estructura con pequeños nichos diseñados para contener urnas con restos cremados. Muchas iglesias y cementerios católicos tienen columbarios en sus instalaciones. Este es uno de los lugares sagrados donde las cenizas pueden ser debidamente inhumadas.
¿Puedo tener Misa de funeral Y cremación?
Sí. El orden preferido es: (1) Vigilia/Velorio con el cuerpo presente, (2) Misa de Funeral con el cuerpo presente, (3) cremación después de la Misa, (4) entierro de las cenizas en un lugar sagrado. Sin embargo, si la cremación ya ocurrió, los restos cremados pueden ser llevados a la iglesia para la Misa de Funeral.
OCF Appendix
¿Qué pasa si las cenizas ya fueron esparcidas o guardadas en casa?
Si las cenizas ya fueron esparcidas, lo que está hecho no puede deshacerse — reza por el difunto y confía en la misericordia de Dios. Si las cenizas se guardan en casa, se anima a los fieles a llevarlas a un lugar sagrado para su debida inhumación. Habla con tu pastor, quien puede guiarte en este proceso con compasión.